Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
24-08-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120824-101

Páginas: 4


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

101
Demanda 212 de 2011

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 212 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso Díaz Laserna, contra la empresa “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, y doña Paula García Becerro de Bengoa, sobre ordinario, se han dictado sentencia de fecha 26 de abril de 2012 y auto de aclaración de fecha 19 de julio de 2012 del tenor literal siguiente:

Sentencia número 216 de 2012

En Madrid, a 26 de abril de 2012.—Vistos por el ilustrísimo señor don Ángel Luis del Olmo Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, los presentes autos números 212 hasta 229 de 2011-AC, seguidos a instancias de don Alfonso Díaz Laserna, con documento nacional de identidad número 5252629-J; don Juan Montero Montoro, con documento nacional de identidad número 5348430-X; don Felipe Labrado Campos, con documento nacional de identidad número 4178554-Y; don Francisco Javier González del Campo, con documento nacional de identidad número 50969956-R; don Antonio Obrero Lozano, con documento nacional de identidad número 51850925-R; don Jesús Núñez Fernández, con documento nacional de identidad número 50203842-V; don Benito García Martínez, con documento nacional de identidad número 7471291-V; don Luis Alberto Caja Santiago, con documento nacional de identidad número 7529300-C; don M. Jesús Durán Labrada, con documento nacional de identidad número 2266041-N; don Manuel Silva Pintor, con documento nacional de identidad número 2239610-P; don José Luis Muñoz Navarro, con documento nacional de identidad número 50092282-F; don Mariano Herrera del Saz, con documento nacional de identidad número 51415210-K; don Nelson Galo Jacome Gonzales, con número de identificación de extranjería X-5007592; don Francisco José García Moya, con documento nacional de identidad número 50184291-Q; don Fernando Pérez Gómez, con documento nacional de identidad número 50972623-T; don Antonio Germán Carrera, con documento nacional de identidad número 2504860-E; don David Miguel Jiménez, con documento nacional de identidad número 46928464-T, y don Mariano Herrera González, con documento nacional de identidad número 2242577-P, asistidos por el letrado don Patricio Griffin Maltese según poder que figura en autos, contra la empresa “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, representada por don Cristóbal Alfonso Machín Fernández según poder notarial que consta en autos; administración concursal de “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, representada por la administradora concursal doña Paula García Becerro de Bengoa, y Fondo de Garantía Salarial, quien no compareció pese a estar citados en legal forma, en reclamación sobre cantidad, en los mismos se ha dictado la siguiente resolución:

Vistos los preceptos legales de común y general aplicación,

Fallo

Que con estimación en parte de la demanda deducida por don Alfonso Díaz Laserna y diecisiete más, contra la empresa “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, administración concursal de “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación sobre cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, a que abone a los actores las siguientes cantidades:

Para don Alfonso Díaz Laserna: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Antonio Germán Carrera: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Antonio Obrero Lozano: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Benito García Martínez: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Fernando Pérez Gómez: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Francisco José García Moya: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Jesús Núñez Fernández: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don José Luis Muñoz Navarro: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Juan Montero Montoro: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Manuel Silva Pintor: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Mariano Herrera González: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don David Miguel Jiménez: la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Felipe Labrado Campos: la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Francisco Javier González del Campo: la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Jesús Durán Labrada: la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Luis Alberto Caja Santiago: la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Nelson Galo Jacome Gonzáles: la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Mariano Herrera del Saz: la suma de 2.947,42 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Igualmente se condena a la administración concursal de “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por la anterior declaración.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, de conformidad al artículo 33.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, oficina 1033, a nombre de este Juzgado con el número 2523, acreditándolo en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la mencionada cuenta, la cantidad objeto de condena o que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándoles a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así lo pronuncia, manda y firma.

Auto

En Madrid, a 19 de julio de 2012.

Parte dispositiva:

Que estimando la aclaración solicitada por el letrado don Patricio Griffin Maltese, en nombre y representación de la parte actora don Alfonso Díaz Laserna y dieciséis más, resulta forzoso aclarar la resolución en su día dictada en el sentido siguiente:

Donde dice:

“Para don Alfonso Díaz Laserna: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Antonio Germán Carrera: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Antonio Obrero Lozano: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Benito García Jiménez: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Fernando Pérez Gómez: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Francisco José García Moya: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Jesús Núñez Fernández: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don José Luis Muñoz Navarro: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Juan Montero Montoro: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Manuel Silva Pintor: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Mariano Herrera González: la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don David Miguel Jiménez: la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Felipe Labrado Campos: la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Francisco Javier González del Campo: la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Jesús Durán Labrada: la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Luis Alberto Caja Santiago: la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Nelson Galo Jacome Gonzales: la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Mariano Herrera del Saz: la suma de 2.947,42 euros, más el 10 por 100 de mora legal.”

Debe decir:

“Para don Alfonso Díaz Laserna: la suma de 7.130,55 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Antonio Germán Carrera: la suma de 7.130,55 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Antonio Obrero Lozano: la suma de 6.611,06 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Benito García Jiménez: la suma de 6.972,90 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Fernando Pérez Gómez: la suma de 7.225,65 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Francisco José García Moya: la suma de 6.983,30 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Jesús Núñez Fernández: la suma de 6.375,24 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don José Luis Muñoz Navarro: la suma de 7.130,55 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Juan Montero Montoro: la suma de 7.130,55 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Manuel Silva Pintor: la suma de 7.130,55 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Mariano Herrera González: la suma de 7.130,55 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don David Miguel Jiménez: la suma de 6.559,68 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Felipe Labrado Campos: la suma de 6.259,68 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Francisco Javier González del Campo: la suma de 7.130,55 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Jesús Durán Labrada: la suma de 6.276,43 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Luis Alberto Caja Santiago: la suma de 7.130,55 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Nelson Galo Jacome Gonzáles: la suma de 5.853,43 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Mariano Herrera del Saz: la suma de 6.241,82 euros, más el 10 por 100 de mora legal.”

Manteniendo los restantes pronunciamientos de la misma en toda su integridad.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndolas saber que contra la misma cabe el mismo recurso, que contra la sentencia en su día dictada, es decir, suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días hábiles.

Así lo pronuncia, mando y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.214/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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