Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
23-08-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120823-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Demanda 1.192 de 2011

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.192 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica García de Arriba, don Óscar López Fernández, contra la empresa “Red Express, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:

Sentencia número 168 de 2012

En Madrid, a 10 de mayo de 2012.—Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 1.192 de 2011, sobre reclamación de cantidad, seguidos entre partes: de una, como demandantes, don Óscar López Fernández y doña Mónica García de Arriba, asistidos del letrado don Jesús Zarco Pérez, y de otra, como demandada, la empresa “Recogida Especial Directa Express, Sociedad Limitada” (“Red Express, Sociedad Limitada”) que no compareció a la audiencia de juicio, habiendo sido emplazado el Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente sentencia, cuya parte dispositiva se acompaña:

Fallo

Que estimando la demanda promovida por don Óscar López Fernández y por doña Mónica García de Arriba, frente a la empresa “Red Express, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, condeno a la empresa demandada a que abone a los demandantes, por los conceptos reclamados en su demanda, 2.683,85 euros, a don Óscar López Fernández, y 2.000 euros a doña Mónica García de Arriba, más un 10 por 100 en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 7 de octubre de 2011, hasta la fecha.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber de su firmeza ya que contra la misma no cabe interponer recurso alguno por razón de la cuantía. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Red Express, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de julio.—La secretaria (firmado).

(03/28.528/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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