Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
23-08-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120823-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

137
Ejecución 251 de 2011

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 251 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marcin Andrzej Jasinski, contra la empresa “Díaz Segovia Obras y Reformas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto de fecha 17 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se deja en suspenso, en su actual estado, la tramitación de las presentes actuaciones por hallarse declarada en situación de concurso la empresa demandada, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda dar a los créditos declarados en la sentencia recaída; a cuyo fin podrá instarse la ejecución ante el magistrado-juez del concurso (Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Ávila).

Hágase entrega a la parte actora de testimonio de la demanda, de la sentencia recaída en este procedimiento, con expresión de su firmeza, y de las actuaciones que se hayan practicado con posterioridad a la sentencia.

Archívense provisionalmente las presentes actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes, así como al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”, número 2807/0000/31/0251/11.

Quedan exentos de su abono en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo mando y firmo—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Díaz Segovia Obras y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/27.350/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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