Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120823-134
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 108 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Zamarbide, doña Rebeca Estibal Bornilla y doña Nelly Gisella Herrera Herrera, contra la empresa “Le Garage Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, sobre despido, en los que en fecha 18 de julio de 2012, se ha dictado decreto despachando ejecución, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
En atención a lo expuesto, se acuerda:
a) Declarar a la ejecutada “Le Garage Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 34.607,42 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
b) Poner a disposición de la parte actora la cantidad de 58,79 euros en concepto de a cuenta del principal de la siguiente forma:
A doña María José Zamarbide: la cantidad de 8,40 euros.
A doña Rebeca Estibal Bornilla: la cantidad de 17,98 euros.
A doña Nelly Gisella Herrera Herrera: la cantidad de 32,41 euros.
Debiendo comparecer en la Secretaría de este Juzgado al objeto de retirar la citada cantidad, una vez firme la presente resolución, cualquier día hábil, de nueve a trece y treinta horas, librándose a tal fin el oportuno mandamiento de devolución, todo ello con la advertencia de que dicho mandamiento caducará a los tres meses desde la fecha de su emisión y se procederá a remitir dicha cantidad a la cuenta especial de “Fondos provisionalmente abandonados” (Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, en vigor desde el 12 de julio de 2006).
c) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante el magistrado-juez que ha dictado la orden general de ejecución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2806 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”, o por transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos 0030/1846/42/0005001274.
Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.
Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
Así por este decreto lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Le Garage Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 18 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/26.074/12)

