Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
22-08-2012

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120822-26

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

26
Ordenanza conservación edificaciones

El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión ordinaria celebrada el 27 de julio de 2012, aprobó inicialmente la ordenanza municipal reguladora del deber urbanístico de conservación de edificaciones, de la inspección técnica periódica de edificios y construcciones y de la declaración de ruina.

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se abre un período de información pública por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones o sugerencias, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El expediente podrá ser examinado dentro del plazo indicado en el Departamento de Urbanismo, en horario de atención al público (lunes a viernes de nueve a catorce).

El acto administrativo que dispone la apertura del trámite de información pública tiene la consideración de acto de trámite, por lo que cabe interponer contra el mismo recurso alguno, en conformidad con lo que dispone el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de que se pueda manifestar la oposición a dicho acto de trámite para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

En Galapagar, a 2 de agosto de 2012.—El alcalde-presidente, Daniel Pérez Muñoz.

(03/28.039/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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