Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
21-08-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120821-47

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

47
Ordenanza precio público enseñanzas especiales

Por el presente se hace público que el acuerdo provisional de modificación de la ordenanza reguladora del precio público por enseñanzas especiales impartidas en establecimientos municipales, que fue adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 17 de mayo de 2012, ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo durante el período de su exposición pública, entrando en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR ENSEÑANZAS ESPECIALES EN ESTABLECIMIENTOS MUNICIPALES

El artículo 3 de dicha ordenanza quedará redactado en los siguientes términos:

Artículo 3.o Cuantía, exenciones y bonificaciones.—1. La cuantía del precio público regulado en esta ordenanza es la fijada en la tarifa contenida a continuación para cada uno de los distintos servicios o actividades:











Están exentos de pago de matrícula en las actividades de este programa los mayores de sesenta y cinco años empadronados en Villanueva de la Cañada.

2. Exenciones de pago de las Escuelas Municipales:

Estarán exentos del pago aquellos alumnos de las Escuelas Municipales que, por razones socioeconómicas, por sus cualidades artísticas o por su rendimiento deportivo, así les sea reconocido, si bien estos últimos sí deberán abonar la matrícula.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente modificación entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de septiembre de 2012.

En Villanueva de la Cañada, a 12 de julio de 2012.—El alcalde, Luis M. Partida Brunete.

(03/27.576/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120821-47