Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
21-08-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120821-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 6

EDICTO

124
Autos 668 de 2011

Doña María Dolores Millán Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 668 de 2011, ejecución número 191 de 2012, a instancias de doña María de las Mercedes Pla Sánchez, contra “Euromark Patentes, Sociedad Limitada”, “Unión de Asesores de la Propiedad Industrial, Patentes y Marcas, Sociedad Limitada”, y “Udapi y Asociados, Sociedad Limitada” (en disolución), en los que el día 13 de julio de 2012 se ha dictado auto, cuya parte dispositiva dice:

Dispongo: Despachar orden general de la ejecución a favor de la parte ejecutante doña María de las Mercedes Pla Sánchez, frente a “Euromark Patentes, Sociedad Limitada”, y “Unión de Asesores de la Propiedad Industrial, Patentes y Marcas, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 67.768,08 euros de principal, más las cantidades de 4.066 euros calculados para intereses y otros 6.776 euros presupuestados para costas.

Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” que este Juzgado mantiene abierta en la entidad “Banesto” con el número 0116/0000/65/0668/11, indicando en el concepto “Recurso social/reposición”.

Así lo manda y firma don Antonio Heras Toledo, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 6 de Alicante.—Doy fe.

Y decreto de fecha 13 de julio de 2012, cuya parte dispositiva dice como sigue:

Dispongo: Despachar orden general de la ejecución a favor de la parte ejecutante doña María de las Mercedes Pla Sánchez, frente a “Euromark Patentes, Sociedad Limitada”, y “Unión de Asesores de la Propiedad Industrial, Patentes y Marcas, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 67.768,08 euros de principal, más las cantidades de 4.066 euros calculados para intereses y otros 6.776 euros presupuestados para costas.

Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” que este Juzgado mantiene abierta en la entidad “Banesto” con el número 0116/0000/65/0668/11, indicando en el concepto “Recurso social/reposición”.

Así lo manda y firma don Antonio Heras Toledo, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 6 de Alicante.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación a “Euromark Patentes, Sociedad Limitada”, “Unión de Asesores de la Propiedad Industrial, Patentes y Marcas, Sociedad Limitada”, y “Udapi y Asociados, Sociedad Limitada” (en disolución), que se encuentran en ignorado paradero, así como para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndoles saber a las mismas que las restantes notificaciones que hayan de efectuárseles se les haran en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Alicante, a 13 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.703/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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