Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
18-08-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120818-14

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

14
Modificación Plan Parcial

La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 24 de julio de 2012, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión de 13 de septiembre de 2011, resolvió aprobar inicialmente la Modificación número 4 del Plan Parcial del Sector “Valdelacasa”, que contempla la creación de una nueva zona de actividad mixta, industrial-terciario, que incorpora como uso alternativo al característico terciario el dotacional docente, dedicado a la enseñanza superior o formación profesional, y que será admisible dentro de una actuación única en coexistencia con la actividad industrial y terciaria. De lo anterior resultará la creación de una gran manzana susceptible de albergar de forma integrada actividades económicas y docentes asociadas con aquella, mediante una única actuación edificatoria.

En ejecución de la citada Modificación número 4 del Plan Parcial, la Junta de Gobierno Local, en su sesión de 16 de mayo de 2012, aprobó inicialmente el Proyecto de Reparcelación voluntaria de las parcelas números 7, 13, 14-A y 14-B del Sector “Valdelacasa”, elaborado por los servicios municipales, y cuyo objeto se limita a la adjudicación al Ayuntamiento del resto de la parcela industrial número 7, de propiedad consorcial, y a la atribución al Consorcio de una porción de 6.829,37 metros cuadrados en la parcela terciaria número 14-B, con una edificabilidad de 8.195,25 metros cuadrados, manteniendo la equivalencia de valor de suelos adjudicados.

Sometido el expediente a información pública por plazo de veinte días, con notificación individualizada al Consorcio Urbanístico “Valdelacasa”, no se ha formulado ninguna alegación. Por otra parte, se ha cumplido la condición impuesta por la Junta en su acuerdo de aprobación inicial, al haberse producido la aprobación definitiva de la Modificación número 4 del Plan Parcial del Sector mediante acuerdo del Pleno Municipal de fecha 29 de mayo de 2012.

Considerado lo anterior, es por lo que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 88 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, y en ejercicio de la competencia prevista en los artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local y 61.4 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, esta Junta de Gobierno Local, acuerda:

1. Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación voluntaria de las parcelas números 7, 13, 14-A y 14-B del Sector “Valdelacasa”, elaborado por los servicios municipales, en ejecución de la Modificación número 4 de su Plan Parcial; reparcelación limitada a la adjudicación al Ayuntamiento del resto de la parcela industrial número 7, de propiedad consorcial, y a la atribución al Consorcio de una porción de 6.829,37 metros cuadrados en la parcela terciaria número 14-B con una edificabilidad de 8.195,25 metros cuadrados, manteniendo la equivalencia de valor de suelos adjudicados.

2. Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, así como efectuar la publicación por medios telemáticos a la que se refiere el artículo 70.ter de la Ley de Bases de Régimen Local, con notificación individual al Consorcio Urbanístico “Valdelacasa”.

3. Facultar al alcalde-presidente de la Corporación, o a quien legalmente le sustituya, para que comparezca y suscriba cuantos documentos sean necesarios, en su caso, para hacer efectivo el presente acuerdo.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el acuerdo transcrito, significando que contra ese acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y ante el mismo órgano administrativo autor de la resolución, o bien, para el supuesto de no interposición del recurso anterior, podrá acudirse directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 25 de julio de 2012.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/27.813/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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