Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120818-163
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁCERES NÚMERO 1
EDICTO
Doña Ana María Maqueda Pérez de Acevedo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cáceres.
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 55 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Polo Leo, contra la empresa “Gestión de Construcciones Polcor Madrid, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 208 de 2012
En Cáceres, a 13 de julio de 2012.—Su señoría ilustrísima don Mariano Mecerreyes Jiménez, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Cáceres y de su provincia, ha visto y oído los autos registrados con el número 55 de 2012 y que se siguen sobre reclamación de cantidad, en los cuales figuran como partes: de un lado, como demandante, don Francisco Polo Leo, y de otro, como demandados, “Gestión de Construcciones Polcor Madrid, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, los cuales comparecen, excepto el demandado que no lo hace, asistidos del abogado señor Jiménez Fernández.
Antecedentes de hecho:
Único.—Con fecha que consta se presentó demanda por el arriba citado, en la cual, tras referir los hechos que constan, terminaba interesando que se dictara sentencia con arreglo al suplico que incorpora. Esta, luego de evacuarse el trámite legal que consta documentado en la causa, dio lugar al señalamiento para la vista del juicio, el cual tuvo lugar el día de la fecha. Tras actuarse lo oportuno por las partes, estas hicieron las alegaciones oportunas, de suerte que luego de practicada la prueba pertinente consistente en el interrogatorio de la ausencia, la documental y de formuladas las conclusiones, quedaron los autos vistos para dictar sentencia. Se tiene aquí por reproducida la demanda.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que conste y sirva de notificación en legal forma a “Gestión de Construcciones Polcor Madrid, Sociedad Limitada”, expido el presente que firmo y sello en la ciudad de Cáceres, a 16 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/26.622/12)