Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120818-126
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 215 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Luis Díaz Fonseca, contra la empresa “C-7 Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 290 de 2012
En Madrid, a 17 de julio de 2012.—Doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta en funciones del Juzgado de lo social, número 24 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio verbal sobre reclamación de cantidad, instados por don Ángel Luis Díaz Fonseca, asistido por el letrado don Francisco José Malfeito Natividad, contra la empresa “C-7 Seguridad, Sociedad Limitada”, don Francisco Vera Vázquez y don Jorge Zambrana Ledesma, en su condición de administradores concursales, y el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, y en nombre del Rey ha dictado lo siguiente.
Vistos los anteriores preceptos legales y demás de general y pertinente aplicación,
Fallo
Que, estimando la demanda promovida por don Ángel Luis Díaz Fonseca, contra la empresa “C-7 Seguridad, Sociedad Limitada”, don Francisco Vera Vázquez y don Jorge Zambrana Ledesma, en su condición de administradores concursales, y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a pagar al actor la suma de 1.413,52 euros, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pueda alcanzar al Fondo de Garantía Salarial, para caso de insolvencia empresarial.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que la misma firme y contra ella no podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “C-7 Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 17 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/26.614/12)

