Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
18-08-2012

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120818-56

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

56
Recurso 886 de 2012

Doña Teresa Torres Marín, secretaria del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sala de lo social), con sede en Granada.

Certifico: En el recurso de suplicación número 886 de 2012 se ha dictado sentencia de fecha 13 de junio de 2012, cuyo encabezamiento es del siguiente tenor literal:

Ilustrísimos señores don José Manuel González Viñas (presidente), don Jorge Luis Ferrer González, don Fernando Oliet Palá, don Francisco José Villar del Moral y doña Rafaela Horcas Ballesteros, magistrados.—En Granada, a 13 de junio de 2012.

La Sala de lo social en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los ilustrísimos señores citados, y en nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia en el recurso de suplicación número 886 de 2012, interpuesto por don Juan Jiménez Extremera, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 2 de Granada en fecha 11 de enero de 2012, en autos número 291 de 2010. Ha sido ponente la ilustrísima señora doña Rafaela Horcas Ballesteros.

Y el fallo es del siguiente tenor literal:

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por don Juan Jiménez Extremera contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 2 de Granada en fecha 11 de enero de 2012, en autos número 291 de 2010, seguidos a su instancia, sobre invalidez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Ibermutuamur” y “Parquets Tropicales, Sociedad Anónima”, debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, con la advertencia de que contra la misma puede interponerse recurso de casación para la unificación de la doctrina que previene el artículo 218 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y que habrá de prepararse ante esta Sala dentro de los diez días siguientes al de su notificación.

Y para que conste y sirva de notificación la sentencia mencionada a la empresa “Parquets Tropicales, Sociedad Anónima”, cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Granada, a 16 de julio de 2012.—La secretaria de la Sala (firmado).

(03/26.835/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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