Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196
Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120817-53
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COBEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de fecha 31 de mayo de 2012, del Ayuntamiento de Cobeña, sobre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de prestación de servicios de enseñanzas de las Escuelas Municipales de Deporte y Cultura de Cobeña, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Artículo 4. Cuota tributaria.—La cuantía de la tasa vendrá determinada con arreglo a las tarifas que a continuación se señalan:
Escuelas deportivas:
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En Cobeña, a 30 de julio de 2012.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
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