Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
17-08-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120817-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

79
Modificación régimen dedicación

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo, y de conformidad con el acuerdo del Pleno Municipal de fecha 26 de julio de 2012, se hace público lo siguiente:

Primero.—Modificar el acuerdo de 25 de mayo de 2012 que quedará redactado de la siguiente manera:

Serán desempeñados en régimen de dedicación exclusiva y en régimen de dedicación parcial, con las retribuciones brutas anuales que en cada caso se indican y con el tiempo de dedicación señalado para el caso de la dedicación parcial, los cargos que se reflejan seguidamente.

Cargo. — Puestos. — Dedicación. — Tiempo. — Retribución bruta. — Mensualidades

Alcalde. — 1. — Exclusiva. — 100 por 100. — 68.359,20 euros. — 14.

Concejal miembro Junta de Gobierno Local. — 3. — Exclusiva. — 100 por 100. — 55.167,84 euros. — 14.

Concejal tipo 1. — 1. — Exclusiva. — 100 por 100. — 38.672,76 euros. — 14.

Concejal miembro Junta de Gobierno Local. — 2. — Parcial. — 3,5 horas/día. — 27.583,92 euros. — 14.

Concejal delegado. — 4. — Parcial. — 3,5 horas/día. — 24.370,64 euros. — 14.

Concejal tipo 2. — 1. — Parcial. — 4,4 horas/día. — 25.781,84 euros. — 14.

Concejal tipo 3. — 1. — Parcial. — 2,5 horas/día. — 12.890,79 euros. — 14.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su entrada en vigor el día siguiente al de su aprobación.

Tercero.—Notificar al Departamento de Personal a los efectos oportunos.

Villaviciosa de Odón, a 30 de julio de 2012.—El alcalde-presidente en funciones, Miguel Ángel Ron Fernández.

(03/27.495/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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