Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
14-08-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120814-144

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

144
Demanda 1.045 de 2011

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.045 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Rodríguez Llanos, contra la empresa “Microlyne System, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de desistimiento, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

En Madrid, a 10 de julio de 2012.—Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Procede tener a la parte actora por desistida y se acuerda el archivo del presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes (a través de correo certificado con acuse de recibo, y en el caso de ser infructuosa, por medio del Servicio Común de Notificaciones y Embargos y/o edictos), advirtiendo que contra la misma podrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Hecho lo anterior, procédase al archivo, dejando nota bastante en los libros y registros del Juzgado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Microlyne System, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.101/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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