Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
14-08-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120814-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

141
Ejecución 131 de 2012

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 131 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Concepción Carmena Patón, contra la empresa “Hormigones Méntrida, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto no despachando ejecución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: No haber lugar a despachar la ejecución solicitada por doña Concepción Carmena Patón al encontrarse la entidad condenanda “Hormigones Méntrida, Sociedad Limitada”, en situación de concurso, todo ello sin perjuicio de que la parte pueda acudir al procedimiento concursal con el objeto de hacer valer su crédito por la vía que le corresponda.

Notifíquese la presente resolución a la parte actora, haciendo saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Jorge Juan Guillén Olcina.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hormigones Méntrida, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.078/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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