Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192
Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120813-9
Páginas: 5
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
El artículo 19 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, establece que la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid determinará reglamentariamente la formación no reglada en materia deportiva.
Asimismo, el Decreto 78/2009, de 27 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, atribuye a la Dirección General de Deportes en el artículo 26.n) la competencia para “ordenar, promover y fomentar la formación para el sector de la actividad física y el deporte, en especial la formación y el perfeccionamiento de los técnicos deportivos, en colaboración con las federaciones deportivas y, en su caso, los municipios”.
Sobre esta base competencial, la Dirección General de Deportes, consciente de la importancia de la salud en el deporte, y la estrecha relación de la misma con la calidad de las infraestructuras, trabaja para ofrecer los conocimientos necesarios que garanticen el mantenimiento de las instalaciones deportivas con el fin de permitir desarrollar una práctica deportiva segura y de calidad.
Gracias a la formación de los diferentes profesionales que trabajan en el ámbito deportivo se consigue ganar en prevención, seguridad y calidad. Con el fin de conseguir estos objetivos se convoca el Curso de Mantenimiento Físico-Químico de Instalaciones Acuáticas.
Por todo ello, y en virtud de las competencias atribuidas a esta Dirección General,
RESUELVO
Primero
Objeto
El objeto del Curso Mantenimiento Físico-Químico de Instalaciones Acuáticas es la formación de los profesionales del mantenimiento físico-químico de las instalaciones acuáticas con el fin de proporcionar la capacidad para el ejercicio de las funciones de mantenimiento de maquinaria, depuración, higiene, manipulación de productos químicos, producción de agua caliente, y otros aspectos relacionados con el funcionamiento de instalaciones.
Segundo
Destinatarios
El Curso se dirige a trabajadores del sector de mantenimiento físico-químico de instalaciones acuáticas, tanto públicas como privadas, del ámbito de la Comunidad de Madrid, con preferencia a las de titularidad de esta.
Tercero
Asignación de plazas
Para la asignación de las plazas se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1.o Prestación de servicios como mantenedor o maquinista en instalaciones acuáticas de titularidad pública, preferentemente de la Comunidad de Madrid.
2.o Prestación de servicios como mantenedor o maquinista en instalaciones acuáticas de titularidad privada.
3.o Orden de presentación de la solicitud.
La presente convocatoria dispone de 25 plazas.
Cuarto
Solicitudes, documentación y plazos
Los interesados en el Curso deberán presentar la siguiente documentación:
— Solicitud, que se encuentra a su disposición en la sede de la Viceconsejería de Cultura y Deporte (plaza de la Independencia, número 6, sexta planta).
— Currículum vítae.
La documentación se podrá presentar, desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro de la Viceconsejería de Cultura y Deportes (plaza de la Independencia, número 6, cuarta planta), así como en cualquiera de los Registros de la Comunidad de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado y demás Comunidades Autónomas, en los Registros de los Ayuntamientos que han firmado el correspondiente Convenio (esta información puede obtenerse a través del número de teléfono 012) y mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 16 del Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid.
Las solicitudes también podrán presentarse por Internet, a través del Registro Telemático de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, para lo que es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007 y normativa autonómica aplicable.
La documentación requerida puede anexarse a la solicitud, en el momento de su envío, o autorizar a la Administración la consulta de los datos contenidos en los certificados, en aquellos casos en los que exista esta opción.
Igualmente, podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente, a través de la opción “Aportación de Documentos”, disponible en el portal de Administración Electrónica de www.madrid.org. Asimismo, se podrán recibir las notificaciones que tenga que hacer la Administración de la Comunidad de Madrid, referidas a este procedimiento, a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas, disponible en el citado portal, si así lo indica en el impreso de solicitud y se ha dado de alta en el sistema.
Si tras el examen de la solicitud presentada esta resultase incompleta o defectuosa, la Dirección General de Deportes requerirá al solicitante para que en el plazo de diez días aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados y, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de admisión de solicitudes se cerrará diez días antes del inicio de la acción formativa.
Quinto
Asistencia y certificados
Los participantes en el curso deberán acreditar una asistencia mínima del 80 por 100 de las clases presenciales para poder acceder al certificado acreditativo de aprovechamiento del curso correspondiente expedido por la Directora General de Deportes.
El certificado se podrá recoger personalmente o por persona expresamente autorizada, a los veinte días de finalizar la actuación formativa, en el Área de Formación de la Dirección General de Deportes (plaza de la Independencia, número 6, sexta planta).
Sexto
Programa del curso
El Curso de Mantenimiento Físico-Químico de Instalaciones Acuáticas constará de los siguientes cinco bloques temáticos:
— Bloque 1: Mantenimiento Físico de las Instalaciones Acuáticas.
— Bloque 2: Mantenimiento Sanitario de las Instalaciones Acuáticas.
— Bloque 3: Mantenimiento Químico de las Instalaciones Acuáticas.
— Bloque 4: Prevención de Riesgos Laborales.
— Bloque 5: Energía Solar en Piscinas Cubiertas.
Séptimo
Gratuidad del Curso
El Curso objeto de la presente Resolución tendrá carácter gratuito.
Octavo
Duración, horario y lugar de realización
El Curso de Mantenimiento Físico-Químico de Instalaciones Acuáticas se iniciará el día 17 de octubre de 2012 y concluirá el 5 de diciembre de 2012, en un horario de diecisiete a veintiuna, de lunes a jueves, salvo festivos, con una duración total de 112 horas.
El lugar designado para su realización será el Parque Deportivo “Puerta de Hierro” (carretera de La Coruña, kilómetro 7).
Noveno
Resolución del procedimiento
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Igualmente, los actos administrativos que deriven de la presente convocatoria podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992.
Madrid, a 27 de julio de 2012.—La Directora General de Deportes, Carlota Castrejana Fernández.
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