Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120813-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

97
Procedimiento 646 de 2010

En el procedimiento de divorcio contencioso número 646 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 297 de 2012

Magistrada-juez de primera instancia, doña María José Romero Suárez.—En Madrid, a 31 de mayo de 2012.

La ilustrísima señora doña María José Romero Suárez, magistrada-juez de primera instancia del número 76 de Madrid, ha visto los autos seguidos en este Juzgado al número 646 de 2010, a instancias de doña Zeneida del Carmen Morel Marte, representada por la procuradora de los tribunales doña Silvia González Milara, contra don Andrés de Jesús y León, declarado en rebeldía procesal.

Fallo

Estimando la demanda formulada por la procuradora doña Silvia González Milara, en nombre de doña Zeneida del Carmen Morel Marte, contra don Andrés de Jesús y León, acuerdo la disolución del matrimonio formado por doña Zeneida del Carmen Morel Marte y don Andrés de Jesús y León por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración, así como los siguientes pronunciamientos:

La revocación de todos los poderes y consentimientos que hayan sido otorgados por los cónyuges entre sí.

Se decreta la disolución de la sociedad legal de gananciales.

No se hace especial pronunciamiento sobre costas procesales.

Notifíquese la presente resolución al demandado a través de edictos con su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entregándose a la procuradora de la parte actora para su diligenciado.

Así por este sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, de la que se llevará testimonio a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente a la notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Andrés de Jesús y León se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 31 de mayo de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/26.966/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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