Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189
Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120809-37
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Por no haber sido posible practicar en el domicilio de su destinatario la notificación de la Resolución que se relaciona en el Anexo I, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra dicha Resolución, que no es firme en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes, contado a partir de la presente publicación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992).
ANEXO ÚNICO
Sancionado. — Último domicilio conocido. — Expediente. — Sanción
Quail Travel Group, Sociedad Anónima. — Caleruega, 79, segundo, 28033 Madrid. — NS-338.5/11. — 4.000 euros.
Madrid, a 5 de julio de 2012.—La Subdirectora General de Empresas y Actividades Turísticas, María Jesús Zorita Vicente.
(01/2.481/12)

