Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
09-08-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120809-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Delegación firma

Por resolución de la Alcaldía-Presidencia 1952/2012, de 23 de julio, se ha resuelto lo siguiente:

En aras de garantizar el correcto funcionamiento de este Ayuntamiento, y como complemento a la resolución de esta Alcaldía-Presidencia 1945/2012, de 18 de julio, por la que se ha procedido a la determinación de las nuevas Áreas de Gobierno y delegaciones de la organización municipal.

En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con los artículos 49, 53 y 159 y siguientes del Reglamento Orgánico de este Ayuntamiento, y los artículos 13 y 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, vengo en disponer:

Primero.—Delegar a favor de los diferentes concejales/consejeros-delegados de este Ayuntamiento la firma de las declaraciones juradas y/ responsables, la del visto bueno de las diferentes certificaciones y la de cuantos otros documentos atribución de esta Alcaldía-Presidencia hayan de expedirse en materia de su competencia, incluida la formalización de convenios de toda clase (salvo los de naturaleza urbanística).

Segundo.—Delegar adicionalmente a favor de doña Marta Viñuelas Prado, en su condición de concejala-delegada de Hacienda, Presupuestos y Viabilidad, Patrimonio Municipal, Recursos Humanos y Turismo y Portavoz y Coordinadora del Equipo de Gobierno, sin perjuicio de las atribuciones que le asignen las bases de ejecución del presupuesto general:

— La firmeza de los diferentes contratos que celebre este Ayuntamiento.

— La autorización y disposición de gastos y otras atribuciones que en materia de ejecución presupuestaria le asignen las bases de ejecución del presupuesto general, incluida la formulación de propuestas de gasto menor en materias de la Alcaldía-Presidencia.

— La firma de los documentos contables relativos a los acuerdos y resoluciones de devolución de ingresos indebidos y de devolución de fianzas.

En cualquier momento, cuando esta Alcaldía-Presidencia lo estime oportuno, podrá procederse a la avocación de cualquier asunto competencia de la misma, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente resolución deja sin efecto cuantas otras anteriores contradigan lo dispuesto en la misma y, en particular, la resolución 68/2011, de 5 de julio.

De la presente resolución deberá darse traslado a los interesados, comunicarse a las diferentes dependencias municipales, darse cuenta a la Junta de Gobierno Local y al Pleno de Corporación y publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Alcalá de Henares a 25 de julio de 2012.—El titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge.

(03/26.649/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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