Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120808-210
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34
EDICTO
Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 105 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Gómez Vilches, contra la empresa “MDM Joyero y Relojero, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 3 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Auto
Dispongo: Estimar la demanda incidental formulada por doña Nuria Gómez Vilches, contra “MDM Joyero y Relojero, Sociedad Limitada”, y en consecuencia:
1. Declarar que la empresa ejecutada no ha procedido a readmitir a la trabajadora despedida.
2. Resolver la relación contractual, condenando a la empleadora a que satisfaga a la ejecutante la cantidad de 10.035,19 euros por el concepto de indemnización rescisoria total.
3. Condenar a la empresa ejecutada a que le satisfaga por el concepto de salarios de tramitación el importe total de 12.145,15 euros correspondientes al período comprendido entre el día siguiente al despido y el día de hoy (doscientos noventa y cinco días).
4. Condenar a la empresa ejecutada a que mantenga a la trabajadora ejecutante en situación de alta durante el expresado período de tramitación que se extiende desde el día siguiente al despido hasta el día de hoy.
5. Condenar a la empresa ejecutada a que satisfaga las costas del trámite (honorarios de letrado).
Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días, que no paralizará ni suspenderá la ejecución.
Por este auto lo pronuncia, manda y firma don Antonio Seoane García, magistrado-juez titular del Juzgado de lo social número 34 de Madrid y su provincia.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “MDM Joyero y Relojero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 6 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/25.460/12)

