Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
07-08-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120807-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69

EDICTO

97
Procedimiento ordinario 2.177 de 2010

Doña Ángeles Rosa García Solano, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 2.177 de 2010, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia de fecha de 3 de junio de 2011 recaída en los autos de referencia a “Asdigital Market Place, Sociedad Limitada”, mediante publicación de su encabezamiento y fallo.

Sentencia

En Madrid, a 3 de junio de 2011.—Vistos por la ilustrísima doña María Asunción Ramírez Sainz de Murieta, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 69 de los de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario registrados con el número 2.177 de 2010, seguidos a instancias de “Horasdluz, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Coral Lorrio Alonso y asistida por el letrado don Carlos Rodríguez-Belvís de la Brena, contra “Asdigital Market Place, Sociedad Limitada”, declarada en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, pronunció el siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por la procuradora doña Coral Lorrio Alonso, en representación de “Horasdluz, Sociedad Limitada”, contra “Asdigital Market Place, Sociedad Limitada”, declarada en situación procesal de rebeldía, y, en consecuencia:

1. Condeno a “Asdigital Market Place, Sociedad Limitada”, a pagar a la expresada demandante la cantidad de 13.330,56 euros, más el interés legal de dicha suma desde el día 26 de febrero de 2010.

2. Condeno, asimismo, a la citada demandada al pago de las costas derivadas de este procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, indicando que contra la misma cabe presentar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación. Para su admisión a trámite será necesario, en todo caso, que al tiempo de preparar el recurso la recurrente haya constituido el depósito de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de “Banesto”, número 28890000/02, y en la cuenta expediente correspondiente, debiendo acreditar tal extremo mediante resguardo del ingreso o transferencia que deberá acompañar al escrito de preparación del recurso, que sin ello no será admitido a trámite.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

En Madrid, a 20 de abril de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/6.286/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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