Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
07-08-2012

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120807-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE FUENLABRADA NÚMERO 1

EDICTO

110
Juicio de faltas 200 de 2012

Doña Lucía Haro Fernández, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Fuenlabrada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 200 de 2012, se ha acordado la resolución, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Fuenlabrada, a 24 de mayo de 2012.—Vistos por mí, doña Gemma Poveda Recio, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 1, de esta localidad, los presentes autos de juicio inmediato de faltas número 200 de 2012, seguidos contra don Nicusor Georghe Ionita, siendo denunciante don Jhon Franklin Rubira Salazar.

Fallo

Condeno a don Nicusor Georghe Ionita, como autor criminalmente responsable de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, a razón de una cuota diaria de 5 euros, lo que hace un total de 150 euros, que deberán abonarse de una sola vez a la firmeza de esta resolución, condenándole, asimismo, al pago de las costas causadas, si las hubiere.

En caso de impago de la multa impuesta el condenado quedará sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal, es decir, si el condenado no satisficiere voluntariamente o por vía de apremio la multa impuesta quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse mediante localización permanente o bien mediante trabajos en beneficio de la comunidad, en cuyo caso, cada día de privación de libertad equivaldrá a una jornada de trabajo.

Se levante el depósito de los productos sustraídos.

Notifíquese la presente resolución a las partes interesadas, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde el siguiente al de la notificación, que se sustanciará ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa, lo pronuncia, manda y firma doña Gemma Poveda Recio, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 1 de Fuenlabrada y su partido judicial.

Concuerda bien y fielmente con su original al que me remito, y para que así conste extiendo y firmo el presente testimonio en Fuenlabrada, a 6 de julio de 2012.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Nicusor Georghe Ionita, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Fuenlabrada, a 6 de julio de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/25.447/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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