Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
31-07-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120731-52

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

OTROS ANUNCIOS

52
Notificación orden ejecución demolición

Al haber sido intentada y no haberse podido practicar la notificación de la resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 22 de mayo de 2012 a “Invecusa, Sociedad Anónima”, relativa a la orden de ejecución de demolición de edificaciones en mal estado en el polígono 2 de rústica, parcela 88, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dice literalmente lo que sigue:

Dada cuenta a través del informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales en el que se pone de manifiesto el abandono de edificaciones en estado ruinoso en el polígono 2 de rústica, parcela 88, proponiendo requerir a la propiedad la demolición de las edificaciones existentes dejando los terrenos en condiciones de limpieza. Para proceder a la demolición deberán presentar proyecto de demolición visado y direcciones facultativas de técnicos competentes, visadas por sus colegios profesionales. Por otra parte, los propietarios deberán realizar una vigilancia sistemática de las edificaciones para que en caso de existir riesgo de desprendimiento inminente de algún elemento se adopten las medidas necesarias para impedir accidentes. Puede concederse un plazo de dos meses.

De conformidad con lo establecido en el artículo 168 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

En virtud de las atribuciones que me han sido delegadas por resolución 18/2011, de 17 de junio, de la Alcaldía-Presidencia y por acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión celebrada el día 28 de junio de 2011, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 124.5 y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con los artículos 49 y 64 del Reglamento Orgánico de este Ayuntamiento.

Vengo a disponer:

Primero.—Requerir a “Invecusa, Sociedad Anónima”, para que proceda en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, a la demolición de las edificaciones existentes en mal estado en el polígono 2 de rústica, parcela 88, dejando los terrenos en condiciones de limpieza, presentando previamente proyecto de demolición visado y direcciones facultativas de técnicos competentes visados por los colegios profesionales correspondientes. Realizándose en tanto una vigilancia sistemática de las edificaciones y tomándose las medidas necesarias para impedir accidentes. Con apercibimiento de que no hacerlo así el Ayuntamiento lo podrá realizar, a costa de la obligada, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ateniéndose la obligada a las responsabilidades, daños y perjuicios a que hubiere lugar.

Segundo.—Conceder trámite de audiencia y vista del expediente a la interesada por un plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el cual podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Significándole a la interesada que al finalizar este plazo, y vistas las alegaciones que, en su caso, sean realizadas, se dictará la resolución definitiva que corresponda, así como que en caso de no presentar alegaciones en el plazo establecido esta resolución se elevará automáticamente a definitiva en todos sus términos y consecuencias.

Tercero.—Notificar la presente resolución a la interesada con la prevención de los recursos que le asisten.

Frente a la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá usted interponer recurso de reposición potestativo ante esta Corporación (Junta de Gobierno Local) en el plazo de un mes siguiente al de la fecha de recibo de la presente notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Caso de interponer recurso de reposición potestativo, este se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por esta Corporación en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado citado por el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquel que de acuerdo con su normativa específica se produzca el silencio administrativo. Si dicho recurso de reposición fuera expresamente resuelto por la Corporación, el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Todo ello sin perjuicio de que usted pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Lo que comunico a usted para su debido conocimiento y efectos oportunos.

Alcalá de Henares, a 3 de julio de 2012.—El titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local (firmado).

(02/6.009/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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