Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181
Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120731-51
Páginas: 2
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES
OTROS ANUNCIOS
Al haber sido intentada y no haberse podido practicar la notificación de la resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 21 de marzo de 2012 a don Telesforo Llorente, relativa a la reparación de vallado en parcela en la plaza de José de Espronceda, con vuelta a la calle Octavio Paz, así como limpieza y desbroce de vegetación, conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dice literalmente lo que sigue:
Dada cuenta a mi autoridad a través del informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales en el que se pone de manifiesto que: “Girada visita de inspección se informa que la parcela situada en la plaza de José de Espronceda, con vuelta a la calle Octavio Paz, tiene instalado un vallado con huecos que permiten el acceso. Se propone ordenar la limpieza y desbroce de vegetación de la parcela y la reparación del vallado en condiciones que no permita la accesibilidad a la parcela. Plazo de un mes.”
De conformidad con lo establecido en el artículo 168 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
En virtud de las atribuciones que me han sido delegadas por resolución 18/2011, de 17 de junio, de la Alcaldía-Presidencia y por acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión celebrada el día 28 de junio de 2011, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 124.5 y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con los artículos 49 y 64 del Reglamento Orgánico de este Ayuntamiento.
Vengo a disponer:
Primero.—Requerir a don Telesforo Llorente para que proceda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, a la reparación del vallado en condiciones que no permita la accesibilidad a la parcela en plaza de José de Espronceda, con vuelta a la calle Octavio Paz, así como la limpieza y desbroce de vegetación de esta. Con apercibimiento de que no hacerlo así el Ayuntamiento lo podrá realizar, a costa del obligado, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ateniéndose el obligado a las responsabilidades, daños y perjuicios a que hubiere lugar.
Segundo.—Conceder trámite de audiencia y vista del expediente al interesado por un plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el cual podrá alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes. Significándole al interesado que al finalizar este plazo, y vistas las alegaciones que, en su caso, sean realizadas, se dictará la resolución definitiva que corresponda, así como que en caso de no presentar alegaciones en el plazo establecido esta resolución se elevará automáticamente a definitiva en todos sus términos y consecuencias.
Tercero.—Notifíquese esta resolución al interesado con la prevención de los recursos que procedan.
Frente a la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá usted interponer recurso de reposición potestativo ante esta Corporación (Junta de Gobierno Local) en el plazo de un mes siguiente al de la fecha de recibo de la presente notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Caso de interponer recurso de reposición potestativo, este se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por esta Corporación en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado citado por el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquel que de acuerdo con su normativa específica se produzca el silencio administrativo. Si dicho recurso de reposición fuera expresamente resuelto por la Corporación, el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que usted pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Lo que comunico a usted para su debido conocimiento y efectos oportunos.
Alcalá de Henares, a 3 de julio de 2012.—El titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local (firmado).
(02/6.012/12)