Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120728-98
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 165 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Róbinson Castaño Valencia, contra la empresa “Sport Building, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
Decreto
Secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 20 de septiembre de 2011.
Parte dispositiva:
Acuerdo:
1. Decretar la suspensión, en su actual estado de la presente ejecución por hallarse declarada en situación de concurso la empresa demandada, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda dar a los créditos declarados, a cuyo fin podrá instarse la ejecución ante el magistrado-juez del concurso.
2. Archivar provisionalmente los autos.
3. Hágase entrega a la parte actora de copia cotejada de la demanda, así como de testimonio de la sentencia, del auto despachando ejecución y de la presente resolución.
Notifíquese la presente resolución.
Así por este decreto lo acuerdo, mando y firmo.—Doy fe.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sport Building, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 22 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/23.763/12)

