Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120728-95
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 39 de 2010, ejecución número 18 de 2011-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia Mercedes Ruiz Argeñal, contra don José Vicente Asensio Asensio, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Decreto
Secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 16 de febrero de 2012.
Parte dispositiva:
Se acuerda:
a) El embargo del bien inmueble que se describe como propiedad de don José Vicente Asensio Asensio y doña Hortensia Martín Rodríguez Martín, en cuanto a la totalidad del pleno dominio con carácter ganancial, para responder de la cantidad de 3.900 euros de principal, más 234 euros y 390 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de doña Silvia Mercedes Ruiz Argeñal, contra don José Vicente Asensio Asensio, siendo dicho bien el siguiente:
Finca registral número 13.745, inscrita como inscripción cuarta, al tomo 1.715, libro 156, folio 191 del Registro de la Propiedad número 2 de Alcalá de Henares (Madrid).
b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
c) Requerir al ejecutado para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado [2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos)], acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta). Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 245 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.
Así por este decreto lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a don José Vicente Asensio Asensio y doña Hortensia Martín Rodríguez Martín, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 22 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/23.941/12)

