Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120728-80
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 821 de 2011, seguido a instancias de doña María del Carmen Rubio Burguillo, doña Rosa María Antoni Álvarez, doña María del Carmen Clemente Sastre, doña Estela González Sánchez, doña Paloma Jiménez-Millas Tapia, doña Ana Belén Torralba Gómez, doña María del Carmen Losada Méndez y doña María Luisa Párraga Santaella, contra la empresa “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Doña Inmaculada Parrado Caparrós, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandantes, doña María del Carmen Rubio Burguillo, doña Rosa María Antoni Álvarez, doña María Luisa Párraga Santaella, doña María del Carmen Clemente Sastre, doña Estela González Sánchez, doña Paloma Jiménez-Millas Tapia, doña Ana Belén Torralba Gómez y doña María del Carmen Losada Méndez, y de otra, como demandados, “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente resolución:
Estimando la demanda formulada por doña María del Carmen Rubio Burguillo, doña Rosa María Antoni Álvarez, doña María Luisa Párraga Santaella, doña María del Carmen Clemente Sastre, doña Estela González Sánchez, doña Paloma Jiménez-Millas Tapia, doña Ana Belén Torralba Gómez y doña María del Carmen Losada Méndez, contra “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora, condenando a la parte demandada a estar y pasar por la anterior declaración con todos los efectos inherentes a la misma, y en consecuencia, a que opte en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia por readmitir a la parte actora en sus puestos de trabajos en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido o les indemnice en las siguientes cantidades:
A doña María del Carmen Rubio Burguillo: 5.176,35 euros.
A doña Rosa María Antoni Álvarez: 3.176,69 euros.
A doña María Luisa Párraga Santaella: 4.312 euros.
A doña María del Carmen Clemente Sastre: 3.920 euros.
A doña Estela González Sánchez: 2.687,97 euros.
A doña Paloma Jiménez-Millas Tapia: 4.581,75 euros.
A doña Ana Belén Torralba Gómez: 3.271,66 euros.
A doña María del Carmen Losada Méndez: 2.894,76 euros.
Debiéndoles abonar, en cualquier caso, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la notificación de esta sentencia.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 26 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/23.961/12)

