Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
27-07-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120727-154

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

154
Demanda 760 de 2011

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 760 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elena Martín Lorenzo, contra la empresa “A Tu Aire Viajes, Sociedad Anónima”, y don Jesús Suárez Guillén, sobre cantidad, se ha dictado resolución de fecha 10 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Elena Martín Lorenzo, frente a la empresa “A Tu Aire Viajes, Sociedad Anónima”, condeno a la citada empresa a abonar a la actora, por los conceptos de su demanda, la cantidad de 1.522,79 euros, así como 152,28 euros más por interés legal por mora.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial, se declara su deber de estar y pasar por lo anterior, sin que haya lugar a emitir pronunciamiento alguno referido a su relación jurídico-material con la parte actora, aún no nacida y que, en su caso, habría de dirimirse en ulterior proceso que pudiera suscitarse entre ellos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que frente a ella no cabe recurso ordinario alguno por ser inferior a 3.000 euros la cuantía reclamada por la parte actora [artículo 191.g) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social].

Incorpórese la presente resolución al correspondiente libro de sentencias y autos, dejando en autos testimonio de la misma.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada que fue la anterior sentencia por el magistrado-juez, que la suscribe, en el siguiente día estando celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se expide testimonio de la anterior resolución para su unión a los autos de su razón, archivándose el presente original en el legajo correspondiente.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “A Tu Aire Viajes, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.033/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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