Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
25-07-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120725-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

146
Demanda 213 de 2012

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 213 de 2012, sentencia número 278 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Fernández Sánchez, contra las empresas “Superalia Sistemas, Sociedad Limitada”, “Inversiones Supser, Sociedad Limitada”, “Superalia Limpiezas y Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, y “Supsis, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Juan Antonio Fernández Sánchez, contra la empresa “Superalia Sistemas, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de don Juan Antonio Fernández Sánchez, acordado con efectos del día 16 de diciembre de 2011, condenando a la empresa “Superalia Sistemas, Sociedad Limitada”, a que, a su elección, opte dentro del plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia entre la readmisión del trabajador en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían antes del despido, o bien a que abone al actor la indemnización de 20.485,28 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por el trabajador, computados desde el día 1 de febrero de 2006, hasta la fecha del despido, 16 de diciembre de 2011, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de la presente sentencia a razón de 76,94 euros brutos diarios, absolviendo a las demandadas “Inversiones Supser, Sociedad Limitada”, “Superalia Limpiezas y Servicios Integrales, , Sociedad Limitada”, y “Superalia Comunicaciones y Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, Sociedad Limitada”, de los pedimentos contenidos en su contra en el escrito de demanda.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), de la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 28022132012, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), de la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 28022132012, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Superalia Sistemas, Sociedad Limitada”, “Inversiones Supser, Sociedad Limitada”, y “Superalia Limpiezas y Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.602/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120725-146