Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
25-07-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120725-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

141
Demanda 152 de 2012

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 152 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Guijarro Zamarreño, contra la empresa “Georgia South Corporate, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 23 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 236 de 2012

En Madrid, a 23 de mayo de 2012.—Doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social, número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido entre partes: de una, y como demandante, don Fernando Guijarro Zamarreño, que comparece asistido por el señor letrado don Leopoldo Pardo Serrano, y de otra, como demandada “Georgia South Corporate, Sociedad Limitada”, que no comparece, en nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimo la demanda formulada por don Fernando Guijarro Zamarreño, frente a “Georgia South Corporate, Sociedad Limitada”, y declaro improcedente el despido de aquel, condenando a la empresa demandada a que opte en el plazo de cinco días entre readmitir al actor en las mismas condiciones anteriores al despido, o indemnizarle con 1.535,65 euros, abonándole en todo caso los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la notificación de la presente resolución, a razón de un salario diario de 40,31 euros; y abonándole además los salarios adeudados y liquidación, cuyo importe bruto asciende a 2.504,98 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2526 en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Georgia South Corporate, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/23.576/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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