Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
25-07-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120725-91

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

91
Ejecución 248 de 2011

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 248 de 2011, autos número 408 de 2011, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Salvador Mata del Valle, don Rafael José Romero Barella y don Julio Durán Robles, contra la empresa “Jisan Printer, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Margarita Rosa Robayna Perera.—En Madrid, a 2 de noviembre de 2012.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del acta de conciliación de fecha 4 de julio de 2011, a favor de la parte ejecutante, don Salvador Mata del Valle, frente a “Jisan Printer, Sociedad Limitada”, por importe de 63.612,10 euros en concepto de principal y 6.500 euros en concepto de intereses y costas provisionales.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Ana Victoria Jiménez Jiménez.—En Madrid, a 18 de junio de 2012.

Dada cuanta; el anterior escrito presentado por la letrada que asiste a los demandantes, únase.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del acta de conciliación de fecha 4 de julio de 2011 a favor de los otros dos codemandados don Rafael José Romero Barella y don Julio Durán Robles, frente a “Jisan Printer, Sociedad Limitada”, por importe de 127.472,62 euros en concepto de principal (don Rafael José Romero Barella: 75.536,90 euros y don Julio Durán Robles: 51,935,72 euros) y 12.747 euros en concepto de intereses y costas provisionales.

Por lo tanto, teniendo en cuenta el otro auto despachando ejecución a favor del otro codemandante (don Salvador Mata del Valle), se reseña que las cantidades por las que se ha despachado ejecución ascienden a un total de 191.084,72 euros en concepto de principal y 19.247 euros en concepto de intereses y costas provisionales, desglosadas:

A don Salvador Mata del Valle: 63.612,10 euros.

A don Rafael José Romero Barella: 75.536,90 euros.

A don Julio Durán Robles: 51.935,72 euros.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el citado plazo de tres días hábiles, de conformidad con lo previsto en el artículo 239.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones del Juzgado número de cuenta 2509/0000/00/0408/11 de la entidad bancaria “Banesto”, oficina 1033, sita en la calle Princesa, número 3, primera planta, de Madrid.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios: 0030/1033/40/000000000, indicando el número de cuenta corriente número 2509, el número de procedimiento y persona que hace el ingreso. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resulta un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Jisan Printer, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.595/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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