Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120721-91
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 330 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Oana Catalin, contra la empresa “Manipulados Juan Carlos Gómez, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la sentencia número 266 de 2011, de fecha 20 de junio de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por doña Oana Catalin, contra “Manipulados Juan Carlos Gómez, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido causado a la actora con efecto de fecha 28 de enero de 2011 y, en consecuencia, condenar a la empresa demandada a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución opte entre la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones anteriores o el abono de una indemnización por importe de 8.323,13 euros, y en todo caso, al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución a razón de 48,25 euros por día, sin perjuicio del descuento de los salarios percibidos en otro empleo, debiendo instar al empresario el alta y baja de la trabajadora en la Seguridad Social y abonar las cuotas correspondientes al período de salarios de tramitación (la opción podrá hacerse por escrito o por comparecencia de la Secretaría del Juzgado, entendiéndose que de no optar procede la readmisión).
Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Manipulados Juan Carlos Gómez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 18 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/23.133/12)

