Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
21-07-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120721-58

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

58
Demanda 504 de 2011

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 504 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eva María del Ama Torralba, contra las empresas “Sanatorio del Valle, Sociedad Limitada”, Asociación Ferroviaria Médico Farmacéutica de Previsión Social, “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, don Juan Jurado de Ortega (como administrador concursal de “Sanatorio del Valle, Sociedad Limitada”) y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto número 457 de 2012

Secretaria judicial, doña Ana Belén Requena Navarro.—En Madrid, a 19 de junio de 2012.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo: Aprobar la avenencia alcanzada entre las partes en el día de la fecha en los siguientes términos:

Acto seguido las partes manifiestan: La Asociación Ferroviaria Médico Farmacéutica de Previsión Social ofrece la cantidad 1.469,44 euros, al tratarse de atrasos devengados hasta el 30 de junio de 2009, fecha de la transmisión de “Sanatorio del Valle, Sociedad Limitada”, a “Centro Traumatológico Madrileño”, no reconociendo el resto de las cantidades reclamadas. El abono de dicha cantidad se llevará a cabo en plazo de cuarenta y ocho horas mediante talón y en el domicilio de la empresa.

La trabajadora acepta, desistiendo del resto de cantidades reclamadas en la demanda hasta ver el resultado de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con número de recurso 4.934 de 2011, en atención a la posible responsabilidad solidaria de los codemandados.

Y no teniendo nada más que manifestar, se extiende la presente, que leída es firmada por los presentes, ratificándose en la misma con su señoría ilustrísima, de lo que doy fe.

Procédase al archivo de las actuaciones.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de revisión, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Y de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, para la interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2508 (código entidad 0030, código de procedimiento 30), exceptuados los trabajadores y beneficiarios de justicia gratuita.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Sanatorio del Valle, Sociedad Limitada”, y “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.112/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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