Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120719-194
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 2
EDICTO
Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Zaragoza.
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 641 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Olger Saúl Usuay Pilacuán, don Souleymane Traore y don Ahmed Maagouz, contra la empresa “Prevención y Control P5, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Sentencia número 226 de 2012
En Zaragoza, a 14 de junio de 2012.—Don César de Tomás Fanjul, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Zaragoza, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, don Olger Saúl Usuay Pilacuán, don Souleymane Traore y don Ahmed Maagouz, que comparecen asistidos por el letrado don Javier Elía García, y de otra, como demandada, “Prevención y Control P5, Sociedad Limitada”, que no comparece a pesar de estar citada en legal forma, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
Fallo
Que estimando como estimo la demanda formulada por don Olger Saúl Usuay Pilacuán, don Souleymane Traore y don Ahmed Maagouz, contra la empresa “Prevención y Control P5, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a aquellos la cantidad de 1.995,02 euros a don Olger Saúl Usuay Pilacuán, 2.466,65 euros a don Souleymane Traore y 2.466,65 euros a don Ahmed Maagouz, incrementada con el 10 por 100 anual.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo de que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Prevención y Control P5, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Zaragoza, a 18 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/22.951/12)

