Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
18-07-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120718-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

52
Juicio verbal 202 de 2011

El secretario del Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid.

Hago saber: Se ha acordado notificar por medio de edictos la sentencia racaída en el presente procedimiento, dictada por la magistrada-juez doña Pilar Palá Castán con fecha 22 de noviembre de 2011, a instancias de don Tomás Ruiz Maldonado, contra don Juan Martín del Amo y doña Felicidad Valtueña Jiménez, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

1.o Estimo la demanda formulada por la representación de don Tomás Ruiz Maldonado, contra don Juan Martín del Amo y doña Felicidad Valtueña Jiménez.

2.o Condeno a los demandados a realizar las obras de impermeabilización de la piscina de la finca sita en la calle La Jara, número 24, de Miraflores de la Sierra, necesarias para que cesen las filtraciones de agua hacia el trastero sito en el patio de la vivienda del demandante en la calle Pedro Ribero, número 27, de Miraflores de la Sierra.

3.o Condeno a don Juan Martín del Amo y doña Felicidad Valtueña Jiménez a reparar los daños sufridos en el trastero en los términos del informe pericial acompañado a la demanda como documento número 3.

4.o Condeno a los demandados al pago de las costas.

Modo de impugnación: contra la presente resolución no cabe recurso alguno, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal, en virtud de la cual se modifica el apartado 1 del artículo 455 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan Martín del Amo y doña Felicidad Valtueña Jiménez, se extiende la presente para que sirva de notificación.

Madrid, a 25 de junio de 2012.—El secretario (firmado).

(02/5.648/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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