Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
18-07-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120718-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3

EDICTO

74
Juicio de faltas 150 de 2011

Doña Trinidad Sánchez Ramos, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 de Parla.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 150 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Parla, a 27 de septiembre de 2011.—Vistos por mí, doña Aurora de Blas Hernández, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Parla, los presentes autos de juicio de faltas seguidos por una presunta falta del artículo 634 del Código Penal, bajo el número 150 de 2011, siendo denunciantes, los agentes números 2.850.565 y 2.850.593, siendo el denunciado don Julio Guzmán Acosta y habiendo sido parte el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Julio Guzmán Acosta, como responsable criminalmente de una falta de respeto a la autoridad, a la pena de diez días de multa, con una cuota diaria de 5 euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas que podrá ser cumplida mediante localización permanente, así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese a las partes la presente resolución en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Julio Guzmán Acosta, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 14 de junio de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/23.202/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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