Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
18-07-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120718-192

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SORIA NÚMERO 1

EDICTO

192
Despido/ceses en general 144 de 2012

Doña Antonia Pomeda Iglesias, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Soria.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 144 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ibrahim Benaissa, contra la empresa “Kracovia Construcciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, en el que se ha dictado en fecha 14 de junio de 2012 sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimando la demanda interpuesta por don Ibrahim Benaissa, contra “Kracovia Construcciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro extinguido el contrato objeto de las presentes actuaciones, así como la improcedencia del despido del demandante, condenando con carácter principal a la empresa demandada y con carácter subsidiario, y hasta donde sea legalmente procedente, al organismo codemandado a indemnizar a aquel en la cantidad de 1.451,25 euros, con abono, en uno u otro supuesto, de los salarios de tramitación que se han devengado hasta la fecha de la presente resolución, que se fijan en 5.461 euros.

Notifíquese en forma a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León que, en su caso, deberán anunciar ante este Juzgado por comparecencia o por escrito dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación o por simple manifestación en el momento en que se practique la misma, designando letrado del colegio de esta capital encargado de la interposición del recurso.

Con la advertencia al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, de que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en el “Banco Español de Crédito” al número 4165/0000/36/0144/12, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso. Así como consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, abierta a nombre de este Juzgado en la misma entidad con el número indicado, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolo a este Juzgado con el anuncio del recurso.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Kracovia Construcciones, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-84145895, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Soria, a 14 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.881/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120718-192