Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
17-07-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120717-80

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDETORRES DE JARAMA

URBANISMO

80
Expediente expropiación “El Escobar” (U.E.-9)

Aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 11 de junio de 2012, el acuerdo de iniciación de la tramitación del expediente de expropiación forzosa para la ocupación de los bienes y derechos que a continuación se relacionan, por no adhesión a la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución número 9 “El Escobar” (U. E.-9). Se aprueba igualmente el sistema de tasación conjunta.

Se hace público el proyecto reformado de expropiación forzosa con la relación de propietarios y bienes afectados, a fines de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 del reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957.

Relación de propietarios y bienes afectados:

— Parcela número 11, de 3.094,30 metros cuadrados de superficie aproximada, propiedad de don Lorenzo Caballero Ramón y doña Manuela Espí Briones.

Valor del suelo: 19.797,82 euros.

Total valor de expropiación: 19.797,82 euros.

— Parcela número 12, de 3.000 metros cuadrados de superficie aproximada, propiedad de don Amaro Alonso López y doña María del Rosario Pinilla Hernández.

Valor del suelo: 27.315,46 euros.

Total valor de expropiación: 27.315,46 euros.

— Parcela número 12-A, de 1.307 metros cuadrados de superficie aproximada, propiedad de don José Luis López Sánchez.

Valor del suelo: 9.485,31 euros.

Total valor de expropiación: 9.485,31 euros.

En las oficinas municipales, sitas en la plaza de la Constitución, número 1, de nueve a trece y treinta horas, los afectados podrán, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, formular alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o disposición de los bienes y su estado material o legal y aportar cuantos datos permitan la rectificación de los posibles errores que se estimen cometidos en la relación transcrita.

A los solos efectos de la subsanación de errores en la descripción material y legal de los bienes afectados, cualquier persona física o jurídica podrá comparecer ante la Alcaldía, en el plazo señalado, para alegar y ofrecer cuantos antecedentes o referencias sirvan de fundamento para las rectificaciones que procedan.

Valdetorres de Jarama, a 25 de junio de 2012.—El alcalde-presidente, José Manuel Acevedo Ramos.

(02/5.613/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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