Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
17-07-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120717-170

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 2

EDICTO

170
Ejecución 16 de 2012

Doña Luisa Escobar Ramírez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Almería.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 16 de 2012, a intancias de la parte actora don Antonio Quirós Garrido, contra Fondo de Garantía Salarial y “Lucmar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 23 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada “Lucmar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 16.989,95 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto”, número 0232/0000/31, seguido del número de expediente, salvo quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto”, número 0030/1846/42/0005001274, debiendo indicar el beneficiario Juzgado de lo social número 2 de Almería, y en “Observaciones” se consignarán los dieciséis dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos, separados por un espacio, el código “31” y “Revisión de resoluciones del secretario judicial”.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Lucmar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Almería, a 23 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.639/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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