Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
16-07-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120716-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 43

EDICTO

114
Juicio verbal 1.814 de 2011

Doña Carmen Gragera de Torres, secretaria del Juzgado de primera instancia número 43 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.814 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado, con fecha 5 de junio de 2012, la sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), contra don Max Bryen Moscoso y doña Mónica Luz Scorza Ríos, y condeno a los demandados a satisfacer a la actora, con carácter solidario, la suma de 5.261,15 euros, más el interés moratorio pactado de dicha suma desde la fecha de la interpelación judicial y las costas del presente procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de veinte días.

Para la interposición de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito por importe de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado número 2537, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que deberá ser acreditado a la presentación del recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a los demandados don Max Bryen Moscoso Bellido y doña Mónica Luz Scorza Ríos, en ignorado paradero, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 5 de junio de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/5.571/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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