Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
14-07-2012

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120714-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2012, de la Dirección General de Trabajo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo del Sector de la Industria y Comercio del Aceite y Derivados y Aderezo, Rellenado y Exportación de Aceitunas, suscrita por la Federación Provincial de Empresarios de la Rama del Olivo y sus Derivados, UGT y CC OO (código número 28000015011981).

Examinada el acta de revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Industria y Comercio del Aceite y Derivados, Aderezo, Rellenado y Exportación de Aceitunas, suscrita por la Federación Provincial de Empresarios de la Rama del Olivo y sus Derivados, UGT y CC OO, el día 22 de marzo de 2011, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; Decreto 98/2011, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo y el Decreto 149/2011, de 28 de julio, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General

RESUELVE

1.o Inscribir dicha revisión salarial, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 15 de junio de 2012.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Acta de la reunión para la revisión de las tablas salariales de 2011 del convenio colectivo de la Industria y Comercio del Aceite y Derivado y Aderezo, Rellenado y Exportación de Aceitunas de la Comunidad de Madrid

Representación empresarial:

Federación Provincial de Empresarios de la Rama del Olivo y sus Derivados

— Doña Mercedes Tebar Inchauspe.

Representacion sindical:

Sindicato de UGT

— Don Santos Ojeda Manzano.

Sindicato de CC OO

— Don Francisco José Muñoz Murillo.

En Madrid, a 22 de marzo, siendo las once horas, se reúnen las personas antes relacionadas en representación de: Federación Provincial de Empresarios de la Rama del Olivo y sus Derivados, Federación Agroalimentaria de UGT Madrid y Federación Agroalimentaria de CC OO Madrid.

La reunión tiene lugar en la Federación Agroalimentaria de Madrid, sita en la calle Lope de Vega, número 38, tercera planta, 28014 Madrid.

Se adoptan los siguientes acuerdos:

Aprobar para el año 2011 un incremento salarial del 3,2 por 100, equivalente al IPC general correspondiente al año 2010, más un 0,2 por 100 de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del vigente Convenio Colectivo.

Facultar expresamente a don Francisco José Muñoz Murillo representante de la Federación Agroalimentaria de CC OO de Madrid, para que proceda a la presentación y depósito del presente convenio.

En prueba de conformidad se firma el presente acta por los asistentes en el lugar y fecha de su encabezamiento.


Plus transporte: 67,64 euros.

Plus de asistencia: 42,96 euros.

Ayuda escolar: 9,67 euros.

Bolsa de vacaciones: 111,97 euros.

Dietas:

a) Sin pernoctar:

— Una comida: 13,95 euros.

— Dos comidas: 36,72 euros.

b) Pernoctando: 42,91 euros.

Gastos de transporte y kilometraje desplazamiento por cuenta de la empresa con vehículo propio: 0,19 por kilómetro recorrido.

(03/22.522/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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