Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120714-145
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34
EDICTO
Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 110 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Elena Castellano Rudilla, contra la empresa “Butaca Film, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 11 de junio de 2012, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
Auto
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña María Elena Castellano Rudilla, frente a “Butaca Film, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 3.311 euros en concepto de principal, más otros 198,66 euros y 331,10 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Contra este auto cabe recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del auto, en el que además de alegar las infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducir oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 (Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social), debiendo advertirse que si el recurrente no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, deberá ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta número 2807/0000/34/0110/12 en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”, aportando el resguardo acreditativo.
Decreto
Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Estando obligada la parte que intentare recurrir a constituir depósito por importe de 25 euros si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. Asimismo, quedarán exentos del depósito el ministerio fiscal, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos. El depósito habrá de constituirse mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Butaca Film, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 11 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/22.398/12)

