Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
13-07-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120713-217

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

217
Ejecución 50 de 2012

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 50 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias doña Vianna Diocileni Ramírez Pérez, contra la empresa “Grupo Hostelero Joker, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva se acompaña.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución por la vía de incidente de no readmisión a favor del ejecutante doña Vianna Diocileni Ramírez Pérez, frente a “Grupo Hostelero Joker, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña Leonor González Mosqueira.—En Madrid , a 25 de junio de 2012.

Visto el estado de las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en el auto que precede, despachando ejecución, su razón, y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, por sentencia de fecha 19 de enero de 2012 , a la empresa “Grupo Hostelero Joker, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña Vianna Diocileni Ramírez Pérez y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, el día 18 de julio de 2012, a las ocho cuarenta y siete horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cítese en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186 de la Ley de la Jurisdicción Social).—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por Ios medios y con los requisitos establecidos.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación y notificación en legal forma a “Grupo Hostelero Joker, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.310/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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