Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
13-07-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120713-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 3

EDICTO

83
Procedimiento 319 de 2007

En el presente procedimiento de divorcio número 319 de 2007, seguido a instancias de doña Asunta Teresa Justiniano, frente a don Bergman Ayala Antelo, se ha dictado sentencia el 21 de marzo de 2012, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

En Colmenar Viejo, a 21 de marzo de 2012.—Vistos por mí, doña Alicia Barba de la Torre, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Colmenar Viejo, los presente autos del juicio de divorcio número 319 de 2007, seguidos ante este Juzgado a instancias de la procuradora doña Paloma Sánchez Oliva, en nombre y representación de doña Asunta Teresa Justiniano Eguez, contra don Bergman Ayala Antelo, en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Paloma Sánchez Oliva, en nombre y representación de doña Asunta Teresa Justiniano Eguez, contra don Bergman Ayala Antelo, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio de ambos cónyuges, con todos los efectos legales inherentes.

Notifíquese la presente resolución a las partes con indicación de que contra la misma y de acuerdo con lo previsto en el artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cabe recurso de apelación ante le Audiencia Provincial a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación del mismo.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio al encargado del Registro Civil donde se halla inscrito el matrimonio, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción de matrimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

Y encontrándose dicho demandado don Bergman Ayala Antelo, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Colmenar Viejo, a 23 de mayo de 2012.—El secretario (firmado).

(03/22.797/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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