Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120713-108
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.574 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aurelio Prieto Fortúnez, contra la empresa “Rolanca, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 7 de junio de 2012, cuyo contenido es el siguiente:
Sentencia número 287 de 2012
En Madrid, a 7 de junio de 2012.—Don José María Reyero Sahelices, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Aurelio Prieto Fortúnez, que comparece asistido de letrada doña Nuria Iturbe Lozano, y de otra, como demandada, “Rolanca, Sociedad Anónima”, que no comparece estando citada en legal forma, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
Fallo
Que estimando la demanda formulada por don Aurelio Prieto Fortúnez, frente a “Rolanca, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demanda a abonar al actor la suma de 980,44 euros, con más el 10 por 100 de interés legal de mora.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rolanca, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
En Madrid, a 12 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/22.122/12)