Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120710-202
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 88 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Yimi González Mateo y don Reynaldo Concepción de la Rosa, contra las empresas “AZ Promociones, Construcciones, Rehabilitaciones y Excavaciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la resolución de fecha 4 de junio de 2012 siguiente:
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 8 de marzo de 2012 a favor de la parte ejecutante don Yimi González Mateo y don Reynaldo Concepción de la Rosa, frente a la parte ejecutada “AZ Promociones, Construcciones, Rehabilitaciones y Excavaciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, por el importe de 19.634,86 euros de principal (correspondiendo 9.052,76 euros a don Yimi González Mateo y 10.582,10 euros a don Reynaldo Concepción de la Rosa), más 1.178,09 euros de intereses presupuestados provisionalmente y 1.963,50 euros para costas.
Contra el auto que resuelva la solicitud de ejecución podrá interponerse recurso de reposición, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución. Debiendo, en caso de recurrir, consignar 25 euros en concepto del preceptivo depósito.
Así lo mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social (firmado).
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “AZ Promociones, Construcciones, Rehabilitaciones y Excavaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 4 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/21.396/12)