Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
10-07-2012

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120710-96

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

OTROS ANUNCIOS

96
Relación bienes a expropiar Conjunto Humanes

La Junta de Gobierno Local celebrada en fecha 24 de mayo de 2012 acordó, entre otros acuerdos, el siguiente:

Aprobación definitiva de relación de bienes a expropiar en Conjunto Humanes.

1. Desestimar la alegación suscrita por doña Juana Bote Solano y doña Clara Gallarín Bote titulares de las viviendas sitas en calle Judea, número 1, pisos segundo A y segundo B, por versar sobre sus condiciones sociales y solicitudes de documentación.

2. Aprobar definitivamente la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación.

3. Dar por concluido el expediente de expropiación por acuerdo en el justiprecio para todos los titulares firmantes del convenio expropiatorio y que obran en el expediente.

4. Requerir a los propietarias, doña Juan Bote Solano y doña Clara Gallarín Bote, para que en el plazo de veinte días desde el siguiente a la notificación de este acuerdo procedan a la presentación en el Ayuntamiento de la hoja de aprecio que concrete el valor que estimen de sus viviendas, valoración motivada que podrá avalarse por la firma de un perito.

5. En cuanto a las dos entidades financieras “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, propietaria de la vivienda en calle Judea, número 5, escalera primera, planta segunda, puerta B, y “Banesto”, propietaria de la vivienda sita en la calle Humanes, número 51, escalera primera, planta segunda, puerta A, que según manifiesta “Edimed Gestión, Sociedad Limitada”, han mostrado su conformidad con el convenio expropiatorio sin llegar a firmar este, deberán, asimismo, en el término de veinte días acreditar en el expediente su acuerdo con el expropiación o presentar valoración estimada de su propiedad.

Lo que se publica a los efectos oportunos.

Contra este acto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción del mismo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo.

Potestativamente, podrá contra dicho acto interponerse previamente recurso de reposición, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción del mismo (artículo 116 de la Ley 30/1992 de la Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas).

En Parla, a 5 de junio de 2012.—La concejala-delegada de Presidencia, Urbanismo, Nuevas Tecnologías, Desarrollo Empresarial y Políticas Transversales, María José López Bandera.

(02/5.383/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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