Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162
Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120709-18
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Por no haber sido posible practicar a los promotores de diversos expedientes de rehabilitación de edificio o de vivienda en sus respectivos últimos domicilios, notificación por la que se les requería documentación indispensable para continuar la tramitación de los mismos, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999.
Los promotores de los expedientes incluidos en el Anexo I de esta Resolución deberán aportar, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la presente publicación, la documentación en cada caso requerida, con apercibimiento expreso de que, en caso de no hacerlo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se le tendrá por desistido de su petición y se procederá al archivo del expediente.
Madrid, a 31 de mayo de 2012.—El Director General de Vivienda y Rehabilitación, PDF (Resolución 23 de febrero de 2012), el Subdirector General de Calificaciones y Subvenciones, Fernando Nasarre Goicoechea.
ANEXO I
Expediente: RHE 069/08-04 y ZRI 2018/08-04 Ud. 35.
Promotor: Linwood Buford.
Documentación requerida:
1. Pasaporte o NIE de los titulares.
2. Escritura de compraventa de la vivienda objeto de subvención debidamente registrada, o nota simple del Registro de la Propiedad que acredite la titularidad de la vivienda.
(03/22.320/12)

