Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120709-103
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 1
EDICTO
Don Fidel Rogelio Herrero Marín, secretario del Juzgado de lo social número 1 de Oviedo.
Hago saber: Que por resolución dictada en el proceso seguido a instancias de don Alfonso Miguel Zorita, contra “Cambridge Council International Service, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número de procedimiento ordinario 481 de 2012, de ha acordado citar a “Cambridge Council International Service, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 1, situado en la calle Llamaquique, sin número, el día 14 de noviembre de 2012, a las once y quince horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se le advierte que la parte actora ha solicitado como pruebas, y en consecuencia se cita a prestar su interrogatorio como demandada.
A tal efecto, se le indica que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hecho de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales (artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral/Ley de la Jurisdicción Social).
Se la requiere para que aporte al acto del juicio los siguientes documentos: contrato original del trabajador demandante, don Alfonso Miguel Zorita.
Se le advierte que si los citados documentos no se aportan al juicio sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones de la parte contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la Ley de Procedimiento Laboral/Ley de la Jurisdicción Social).
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto, sentencia o decreto definitivo, o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de citación a “Cambridge Council International Service, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
En Oviedo, a 18 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/22.789/12)

