Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
05-07-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120705-260

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1

EDICTO

260
Despido 909 de 2011

Doña Ángeles de las Heras López, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 909 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Belén Sánchez Serrano, contra “Limpieza y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, “Eulen, Sociedad Limitada”, comunidad de propietarios de la calle Antonio Machado, números 24 y 26, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 246 de 2012

En Cuenca, a 18 de mayo de 2012.—Don Fernando Lisbona Laguna, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Ana Belén Sánchez Serrano, que comparece asistida por la letrada doña Ana Palomares Domínguez, y de otra, como demandados, “Eulen, Sociedad Limitada”, representada por el letrado don Fermín Magán García; comunidad de propietarios de la calle Antonio Machado, números 24 y 26, representada por doña María Luisa García López; “Limpieza y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando las excepciones de caducidad y falta de legitimación pasiva alegadas por las codemandadas comunidad de propietarios de la calle Antonio Machado, números 24 y 26, y “Eulen, Sociedad Limitada”, se estima la demanda formulada por doña Ana Belén Sánchez Serrano, contra “Limpieza y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, se declara la improcedencia del mismo, condenando “Limpieza y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, a que en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución opte entre la readmisión de la trabajadora o el abono de una indemnización por importe de 5.821,87 euros y, además, cualquiera que sea la elección, al abono además de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (31 de julio de 2011) hasta la notificación de la presente sentencia a razón de 17,25 euros diarios.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación a través de este Juzgado y ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, anunciándolo en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la mera manifestación de las partes o de su abogado o por medio de comparecencia o escrito de las partes, sus representantes o su abogado, previo ingreso, si recurrieran los demandados en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”, oficina 1061, sita en la calle Alonso Chirino, número 6, de Cuenca, haciendo constar la clave 1619000065090911, de la cantidad importe de la condena que le ha sido impuesta, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, más un nuevo ingreso en la clave 1619000067090911 de 300 euros en concepto de depósito, todo ello conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Limpieza y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cuenca, a 18 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.100/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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